COBRO DE DEUDA JUDICIAL

Información Útil

¿Qué es? ¿De qué se trata?

Es el cobro de deudas iniciadas Judicialmente, según informe que emite la Asesoría Letrada Municipal (Sec. de Gobierno).

¿Para quién es?

Para las Contribuyentes que posean deudas iniciadas en la Subdirección de Asuntos Legales.

¿Quién lo puede realizar?

El Titular de la deuda.

¿Cuánto demoro en hacerlo?

10 minutos.

¿Cómo recibo el resultado o producto del trámite?

Copia del Convenio Recibo de Pago Si el pago es contado: Convenio de Pago contado

¿Cuánto demoro en recibir el resultado?

En el acto.

¿Cuánto cuesta?

El valor depende del monto adeudado y el plan de pago.

¿Dónde lo puedo hacer?

En el mostrador de Finanzas Rentas (San Martín y Pte. Perón).

¿Cuál es el horario de atención?

De lunes a viernes de 7:30 a 14:30 horas.

Requisitos

  • Acuerdo transaccional, confeccionado en la Asesoría Letrada Municipal.

Organismos responsables

Asesoría Letrada Municipal (Gobierno)
Tesorería (Hacienda)